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Glosario · Estructuras y visas

Fundación de interés privado

Definición

La fundación de interés privado panameña es un vehículo patrimonial sin accionistas, pensado para tenencia y sucesión de activos: puede ser dueña de inmuebles y define en su reglamento quién los recibe, evitando procesos de herencia largos entre países.

En la práctica

Es la respuesta panameña a la pregunta que todo comprador extranjero con familia termina haciendo: «¿qué pasa con el apartamento si me pasa algo?». Frente a la S.A., la fundación está diseñada específicamente para proteger y transmitir, no para operar un negocio. Tiene costos anuales y formalidades propias, y su conveniencia depende del país de residencia fiscal del fundador. No la vendemos ni la constituimos: la explicamos y te sentamos con el abogado correcto.

Información general, no asesoría legal ni fiscal. Cada operación se confirma con abogado y contador.

Término revisado a julio de 2026 · Vaca Group Real Estate, Lic. PN 5904