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Impuestos · Guías · 6 min de lectura

Impuestos de propiedad en Panamá: lo que paga (y lo que no paga) un propietario

Guía del impuesto de inmueble en Panamá: tarifa progresiva, exoneración de patrimonio familiar hasta $120,000, impuesto de transferencia del 2% y ganancia de capital del 10%.

Actualizado: 18 de julio de 2026

Impuestos de propiedad en Panamá: lo que paga (y lo que no paga) un propietario

Respuesta corta

En Panamá, la vivienda principal está exenta del impuesto de inmueble sobre los primeros $120,000 de valor registrado; el excedente paga tasa progresiva (0.5% hasta $700,000 y 0.7% por encima). Al vender, el vendedor paga 2% de transferencia y 10% de ganancia de capital, con un adelanto del 3% acreditable. Tablas vigentes a julio de 2026.

Una de las razones por las que Panamá atrae inversión inmobiliaria internacional es su carga fiscal moderada y predecible. Esta es la foto completa de los impuestos que tocan a una propiedad — al comprarla, al tenerla y al venderla. (Guía informativa: confirma tu caso con un contador o abogado fiscal panameño.)

Al tener la propiedad: impuesto de inmueble (DGI)

El impuesto anual de bien inmueble se calcula sobre el valor catastral con una tarifa progresiva. La clave está en el régimen de Patrimonio Familiar Tributario / Vivienda Principal: si la propiedad es tu residencia principal, los primeros $120,000 de valor están exonerados y el excedente paga tarifas reducidas (0.5% hasta $700,000 y 0.7% sobre el excedente). Para segundas viviendas e inversiones, la exoneración base llega a $30,000 y las tarifas van de 0.6% a 1.0%.

Además, muchos proyectos nuevos gozan de exoneraciones de mejoras por años (según la fecha del permiso de construcción y el valor), lo que reduce significativamente el impuesto durante los primeros años. Al comprar en preventa o proyecto nuevo, pregunta siempre cuántos años de exoneración quedan — es parte del valor.

Al comprar: impuesto de transferencia

La transferencia de un bien inmueble paga 2% sobre el mayor entre el precio de venta y el valor catastral actualizado. Por costumbre de mercado en Panamá lo asume el vendedor, pero es negociable en el contrato.

Al vender: ganancia de capital

La ganancia en la venta de un inmueble tributa a una tasa del 10%. En la práctica, el comprador retiene un 3% del precio total como adelanto de ese impuesto; si el 3% retenido resulta mayor que el 10% de la ganancia real, el vendedor puede pedir la devolución de la diferencia o tratarlo como impuesto definitivo.

¿Y el alquiler?

Los ingresos por alquiler de fuente panameña son gravables en Panamá (con deducciones de gastos como mantenimiento, administración e intereses hipotecarios). Panamá tiene sistema territorial: como no residente, tributas aquí solo por la renta generada aquí. Tu país de residencia puede tener reglas adicionales — coordina con tu asesor fiscal.

Resumen para el inversionista

  • Tenencia: impuesto de inmueble progresivo, con exoneraciones importantes (vivienda principal y proyectos nuevos).
  • Compra: 2% de transferencia (usualmente lo paga el vendedor) + gastos de cierre.
  • Venta: 10% sobre la ganancia, con retención del 3% del precio.
  • Alquiler: gravable en Panamá con deducciones; sistema territorial.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de impuesto de inmueble en Panamá?
En Panamá el impuesto de inmueble es progresivo. Para la vivienda principal (Patrimonio Familiar Tributario) los primeros $120,000 de valor registrado están exentos, luego se paga 0.5% entre $120,001 y $700,000 y 0.7% sobre el excedente. Las propiedades secundarias y comerciales tienen $30,000 exentos y tasas de 0.6% a 0.8%.
¿Un extranjero paga más impuestos de propiedad que un panameño en Panamá?
No. En Panamá el impuesto de inmueble, el 2% de transferencia y el 10% de ganancia de capital son iguales sin importar la nacionalidad o si usted es residente. La titularidad y las tasas no cambian por ser comprador extranjero; lo que cambia es el trámite migratorio, no el impuesto.
¿Qué impuestos pago al vender una propiedad en Panamá?
Al vender en Panamá, el vendedor paga el 2% de impuesto de transferencia sobre el valor catastral o el precio de venta, el que sea mayor, más el impuesto de ganancia de capital del 10% sobre la utilidad. En la práctica se retiene un adelanto del 3% del precio; si el 10% sobre la ganancia real es menor, puede solicitar la devolución del excedente.
¿Cómo obtengo la exención de $120,000 de vivienda principal en Panamá?
Para aplicar la exención de los primeros $120,000 debe inscribir la propiedad como Patrimonio Familiar Tributario o vivienda principal ante la DGI, presentando cédula o pasaporte, la certificación del título y una declaración jurada notarial. La DGI tiene hasta tres meses para aprobar la solicitud.
Kelmy Vaca

Escrito por

Kelmy Vaca

Corredor de Bienes Raíces · Lic. PN 5904 · Miembro de ACOBIR

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