Glosario · Impuestos
Ganancia de capital (10% / adelanto 3%)
Definición
En Panamá, la ganancia al vender un inmueble tributa al 10%. El comprador retiene y adelanta al fisco el 3% del precio total; el vendedor puede quedarse con esa retención como impuesto definitivo o pedir devolución si el 10% de su ganancia real resulta menor.
En la práctica
El 3% se calcula sobre el precio total (no la ganancia), así que en ventas con poca plusvalía puede exceder el 10% real — ahí conviene el trámite de devolución ante la DGI, con la documentación del costo de adquisición en orden. Lección práctica: guarda desde el día uno la escritura de compra, facturas de mejoras y gastos de cierre; son la base de costo que reducirá el impuesto cuando vendas. Es información general, no asesoría fiscal: cada caso se confirma con contador.
Términos relacionados
Información general, no asesoría legal ni fiscal. Cada operación se confirma con abogado y contador.
Término revisado a julio de 2026 · Vaca Group Real Estate, Lic. PN 5904